Regularización extraordinaria en España 2026: requisitos, plazos y cómo solicitarla
- Fundación La Merced Migraciones
- 17 abril 2026
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Todo lo que debes saber sobre la regularización extraordinaria 2026 en España: preguntas frecuentes
La regularización extraordinaria en España en 2026 permite a personas migrantes en situación administrativa irregular acceder a una autorización de residencia y trabajo.
En esta guía resolvemos las preguntas más frecuentes sobre requisitos, plazos y cómo solicitarla.
¿Qué es la regularización migratoria extraordinaria y cuándo empieza?
Se trata de un proceso excepcional aprobado por el Gobierno que permite a personas migrantes en situación irregular regularizar su situación administrativa. El objetivo es facilitar su integración social y laboral, garantizando el acceso a derechos y reduciendo situaciones de vulnerabilidad
- Inicio de solicitudes: 16 de abril de 2026
- Atención presencial con cita: desde el 20 de abril de 2026
- Fecha límite para solicitar: 30 de junio de 2026
¿Quién puede solicitar la regularización?
Pueden acceder quienes cumplan una de estas dos condiciones:
- Haber solicitado protección internacional en España antes del 1 de enero de 2026.
- Estar en situación irregular y haber llegado a España antes del 1 de enero de 2026.
¿Qué requisitos son obligatorios?
- Haber estado en España antes del 1 de enero de 2026
- Acreditar al menos 5 meses de permanencia continuada
- No tener antecedentes penales en España ni en países de residencia anteriores
- No suponer riesgo para el orden, la seguridad o la salud pública
¿Cómo se puede presentar la solicitud?
Vía telemática
- De forma individual con certificado electrónico.
- A través de personas apoderadas inscritas en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
- A través de profesionales habilitados como abogados, graduados sociales o gestores administrativos.
- A través de las entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería
La plataforma de solicitud será accesible desde la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Vía presencial con cita previa:
Esta vía requerirá contar siempre con cita previa. Se podrá gestionar en una misma cita las solicitudes de los miembros de una misma unidad de convivencia y se podrá presentar la solicitud en los siguientes puntos, de lunes a viernes:
- Oficinas de la Seguridad Social: de 16 a 19 horas.
- Correos: de 8:30 a 17:30 horas.
- Oficinas de extranjería (OEX): de 16 a 19 horas.
- En la página web oficial puedes pedir ya tu cita previa: aunque se comenzará a atender presencialmente a partir del lunes 20 de abril.
¿Qué documentación hay que presentar?
Todos los solicitantes deben presentar la siguiente documentación:
- Solicitud conforme a modelo específico, que estará disponible para descarga en el portal de la Regularización.
- Copia completa del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje, reconocido como válido en España.
- Documentación que acredite encontrarse en España antes del 1 de enero de 2026.
- Documentación que acredite haber permanecido en España durante los cinco meses anteriores a la solicitud, mediante cualquier prueba válida en derecho, siempre que incluya datos personales que permitan acreditar su identidad.
- Certificado de antecedentes penales en España, en país de origen, así como en los países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la fecha de entrada en España.
En caso de no ser solicitante de Protección Internacional, se debe acreditar uno de estos tres supuestos:
- Haber trabajado con contrato por cuenta ajena o propia en España.
- Contar con una unidad familiar compuesta con hijos menores de edad o mayores con discapacidad y los ascendientes de primer grado.
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad, que se acreditará a través de un certificado que se podrá descargar desde la web de la Regularización. Este debe estar acreditado y sellado por las autoridades competentes (Entidades inscritas en el RECEX o servicios sociales).
¿Con este permiso se puede trabajar?
La comunicación de inicio del procedimiento permite trabajar en todo el territorio nacional y en cualquier sector de actividad.
Con el inicio del procedimiento, se obtendrá de oficio un Número de Seguridad Social (NUSS) y una resolución que reconoce el derecho a recibir asistencia sanitaria.
La autorización que se concede tiene una vigencia inicial de un año. Transcurrido ese plazo, las personas deberán incorporarse a las figuras ordinarias previstas en el Reglamento de Extranjería.
¿Es válido en toda la Unión Europea?
NO. Sólo permite residir y trabajar en España y NO autoriza movilidad laboral en otros países de la Unión Europea.
¿Para quién NO está dirigido este procedimiento?
Este proceso NO está dirigido a:
- Personas con autorización en vigor o en proceso de renovación o prórroga.
- Personas procedentes del conflicto en Ucrania que tengan una autorización de residencia en vigor o que cuenten con una autorización de protección internacional temporal.
- Personas apátridas, puesto que cuentan con la normativa del Real Decreto 865/2001, del Reglamento del reconocimiento del estatuto de apátrida.
¿Quién te puede ayudar?
La solicitud puede realizarse de forma individual, si bien se permite contar con apoyo y asesoramiento de profesionales especializados:
- Por una parte, asesoramiento de profesionales habilitados a través de abogados, graduados sociales o gestores administrativos que pueden actuar como representantes para la presentación de solicitudes.
- En paralelo, entidades del Registro de Colaboradores de Extranjería, formado por entidades sociales y sindicatos. Estas ofrecerán asesoramiento gratuito y pueden actuar en calidad de representantes.
¿Y si ya se ha solicitado arraigo?
No será necesario realizar ningún trámite adicional. La solicitud seguirá su curso normal.
¿Dónde se puede contactar?
- Teléfono 060 (desde el 16 de abril), habilitado para la petición de cita previa y que atenderá en español. El horario de atención es de 09:30 a 14:00 horas y 16:30 a 19:30 horas, de lunes a viernes.
- En la página web del Ministerio de Inclusión puedes pedir ya tu cita previa y la atención presencial ya está disponible desde el lunes 20 de abril

